Codigo civil

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La Audiencia Provincial de Madrid insiste: el arrendamiento de habitaciones no está protegido por la LAU

13 de junio de 2019 Jurisprudencia ARRENDAMIENTOS

El alquiler de una habitación con pacto de aprovechamiento de zonas comunes de baños y cocina no es un arrendamiento protegible por la LAU al no poder “satisfacer de modo permanente las necesidades de vivienda del arrendatario”. Así, la Audiencia Provincial de Madrid permite a un arrendador ejecutar desahucio sin ser aplicables los tres años de protección del inquilino.

Entrada en vigor de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del libro VI del Código Civil de Catalunya

16 de febrero de 2018 Artículos doctrinales CONTRATOS

La autora hace un análisis de las modificaciones más relevantes que afectan al derecho Inmobiliario en el territorio desde la entrada en vigor del libro VI del Código Civil de Cataluña, el pasado 1 de enero de 2018. A día de hoy, a pesar de que continúa en marcha el proceso por el cual el TC tendrá que decidir sobre la constitucionalidad o no de los preceptos recurridos, la Ley 3/2017, de 15 de febrero, del Libro VI no está suspendida y, por tanto, despliega sus efectos.

Comentario y novedades del nuevo libro sexto del Código civil de Cataluña: obligaciones y contratos

23 de febrero de 2017 Noticias CÓDIGO CIVIL CATALUÑA

El objeto de la Ley 3/2017, de 15 de febrero, es establecer la estructura del libro sexto del Código civil de Cataluña, relativo a las obligaciones y los contratos, aprobar la regulación de los contratos de compraventa, de permuta y de mandato, modificar e incorporar los contratos regulados por leyes especiales y sustituir la Compilación del derecho civil de Cataluña. Modifica también los libros primero, segundo, tercero, cuarto y quinto del mencionado Código.

El TS reitera que el maltrato psicológico del heredero al testador, es causa de desheredación

08 de marzo de 2015 Jurisprudencia Sucesiones

El TS reitera que aunque las causas de desheredación sean únicamente las que expresamente señala el artículo 848 del Código Civil, que no perminte analogía, ni de interpretación extensiva; esto no significa que la interpretación o valoración de la concreta causa de maltrato psicológico, previamente admitida por la ley, deba ser expresada con un criterio rígido o sumamente restrictivo. Por tanto, acreditada la realidad del maltrato psicológico infringido por el heredero a su madre, consistente en obligarla a otorgar donación de todos sus bienes a favor suyo y de sus hijos, procede estimar la concurrencia de dicha causa de desheredación.

El Tribunal Supremo reconoce a una mujer homosexual la maternidad del hijo que tuvo su pareja por reproducción asistida

06 de marzo de 2014 Jurisprudencia Filiación

Aunque la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida exige a las homosexuales que exista matrimonio con la madre biológica, existe compatibilidad entre la regulación de la filiación por posesión de estado del Código Civil y los principios inspiradores de la ley mencionada. En el caso, esta posesión de estado resulta acreditada, cumpliéndose así el interés legítimo exigido por la ley para reclamar la filiación, cuyo éxito vendrá determinado por la ponderación del interés superior del menor, requisitos ambos que se entiende que también concurren.

El Supremo establece que la atribución del uso de la vivienda familiar que no sirve a los fines del matrimonio debe limitarse al tiempo necesario para liquidar la sociedad de gananciales

10 de diciembre de 2013 Jurisprudencia Divorcio

Si bien el artículo 96 del Código Civil establece de manera taxativa que, en defecto de acuerdo, el uso de la vivienda familiar corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden, no resulta posible atribuir a los hijos y al progenitor custodio en calidad de domicilio familiar un inmueble que no sirve a estos fines, más allá del tiempo que se necesita para liquidar la sociedad legal de gananciales existente entre ambos cónyuge.

El TS fija doctrina jurisprudencial sobre la interpretación del art. 1006 del Código Civil (ius delationis)

El denominado derecho de transmisión previsto en el art. 1006 del CC no constituye una nueva delación hereditaria o fraccionamiento del ius delationis en curso de la herencia del causante que subsistiendo como tal, pasa al heredero trasmisario. No hay, por tanto, una doble transmisión sucesoria o sucesión propiamente dicha en el ius delationis, sino un mero efecto transmisivo del derecho para aceptar o repudiar la herencia que ex lege ostentan los herederos transmisarios.

Relación entre la facultad de suspender el pago del precio en la compraventa y la exceptio non adimpleti contractus

La facultad de suspender el pago del precio prevista en el art. 1502 del Código Civil solo procede cuando el riesgo de perturbación de la posesión o dominio del comprador afecta a a una obligación esencial del contrato. Por eso no procede cuando la situación de riesgo se conoce en el momento de celebrar el contrato, ni cuando se ha afianzado la devolución del precio.

Desestimación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio

16 de noviembre de 2012 Jurisprudencia Tribunal Constitucional

Recurso de inconstitucionalidad contra la totalidad de la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio, en concreto el primer apartado del artículo único de la Ley, que añade un segundo párrafo al art. 44 CC, en virtud del cual “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.

El Tribunal Supremo reconoce a una mujer homosexual la maternidad del hijo que tuvo su pareja por reproducción asistida

06 de marzo de 2014 Jurisprudencia Filiación

Aunque la Ley de Técnicas de Reproducción Asistida exige a las homosexuales que exista matrimonio con la madre biológica, existe compatibilidad entre la regulación de la filiación por posesión de estado del Código Civil y los principios inspiradores de la ley mencionada. En el caso, esta posesión de estado resulta acreditada, cumpliéndose así el interés legítimo exigido por la ley para reclamar la filiación, cuyo éxito vendrá determinado por la ponderación del interés superior del menor, requisitos ambos que se entiende que también concurren.

El Supremo establece que la atribución del uso de la vivienda familiar que no sirve a los fines del matrimonio debe limitarse al tiempo necesario para liquidar la sociedad de gananciales

10 de diciembre de 2013 Jurisprudencia Divorcio

Si bien el artículo 96 del Código Civil establece de manera taxativa que, en defecto de acuerdo, el uso de la vivienda familiar corresponde a los hijos y al cónyuge en cuya compañía queden, no resulta posible atribuir a los hijos y al progenitor custodio en calidad de domicilio familiar un inmueble que no sirve a estos fines, más allá del tiempo que se necesita para liquidar la sociedad legal de gananciales existente entre ambos cónyuge.

El TS fija doctrina jurisprudencial sobre la interpretación del art. 1006 del Código Civil (ius delationis)

El denominado derecho de transmisión previsto en el art. 1006 del CC no constituye una nueva delación hereditaria o fraccionamiento del ius delationis en curso de la herencia del causante que subsistiendo como tal, pasa al heredero trasmisario. No hay, por tanto, una doble transmisión sucesoria o sucesión propiamente dicha en el ius delationis, sino un mero efecto transmisivo del derecho para aceptar o repudiar la herencia que ex lege ostentan los herederos transmisarios.

Relación entre la facultad de suspender el pago del precio en la compraventa y la exceptio non adimpleti contractus

La facultad de suspender el pago del precio prevista en el art. 1502 del Código Civil solo procede cuando el riesgo de perturbación de la posesión o dominio del comprador afecta a a una obligación esencial del contrato. Por eso no procede cuando la situación de riesgo se conoce en el momento de celebrar el contrato, ni cuando se ha afianzado la devolución del precio.

Desestimación del recurso de inconstitucionalidad interpuesto contra la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio

16 de noviembre de 2012 Jurisprudencia Tribunal Constitucional

Recurso de inconstitucionalidad contra la totalidad de la Ley 13/2005, de 1 de julio, por la que se modifica el Código Civil en materia de derecho a contraer matrimonio, en concreto el primer apartado del artículo único de la Ley, que añade un segundo párrafo al art. 44 CC, en virtud del cual “el matrimonio tendrá los mismos requisitos y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o de diferente sexo”.